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Reforma Fiscal 2015

En estos días, muchos son los que se preguntan acerca de la reforma fiscal 2015 que planea aprobar el actual gobierno y que entraría en vigor en el ejercicio 2015. Actualmente la ley está en pleno trámite parlamentario en el Senado y es prácticamente indudable su próxima aprobación final.

En palabras del propio Ejecutivo, la reforma que aprobará el Gobierno incorpora para los años 2015 y 2016 una rebaja del IRPF media del 12,5 %, un impuesto que el mismo Ejecutivo elevó drásticamente en 2012.

Básicamente lo que se pretende con la reforma es la creación de empleo, dinamizar el crecimiento y fomentar la competitividad, todo ello encaminado a conseguir un sistema tributario más equitativo. Por ello, las modificaciones más relevantes con respecto al IRPF consisten en bajar los tipos, reducir la cantidad de tramos o elevar el mínimo personal y familiar; con respecto al Impuesto sobre Sociedades se propone reducir el tipo de gravamen del 30 % actual al 28 % en 2015.

No obstante, poco se habla de cómo afectará la reforma fiscal  a la venta de inmuebles de segunda mano en España, la realidad es que vender un inmueble antes de que acabe el año o después va a ser muy diferente impositivamente. Y es que a partir de 2015, y como consecuencia de la reforma fiscal, se eliminan los coeficientes de abatimiento y de actualización,  dos bonificaciones fiscales que en la actualidad rebajan la factura en el IRPF de las plusvalías generadas por la venta de bienes patrimoniales, como inmuebles y acciones, comprados hace años.

Cambios en el sistema fiscal español

La factura fiscal se elevará, sobre todo, para las viviendas compradas antes del 31 de diciembre de 1994, ya que se podían aplicar tanto los coeficientes de abatimiento como los de corrección monetaria.

A modo de ejemplo, con cálculos aproximados, si usted ha comprado una vivienda en Marbella en el año 1990 por 750.000 € y decide venderla el 31 de diciembre de 2014 por 1.500.000 € el impuesto sobre ganancia patrimonial será de 85.000€. No obstante, si decide venderla al día siguiente, es decir el 1 de enero de 2015, el impuesto sobre la ganancia patrimonial será de 179.000 €, siendo la diferencia a efectos prácticos de 94.000 €.

Eso sí, se mantienen algunas excepciones. No tributarán los contribuyentes mayores de 65 años que vendan su vivienda habitual ni aquellos que utilicen la plusvalía para la reinversión en otra vivienda en la que residan.

Si desea vender su propiedad y quiere saber las implicaciones fiscales relativas a la venta, lo que le tocaría pagar antes o después de la reforma o cualquier otra consulta relativa a estas modificaciones, no dude en consultar con nuestro equipo legal, estaremos encantados de ayudarle.

 

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